DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12168
02 de diciembre, 2011
DJ-1323-2011
Licenciado
Jorge Sequeira
Gerente General
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado Señor:
Asunto: Consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el
enriquecimiento ilícito en la función pública.
Se refiere esta División a su nota sin número, recibida el 21 de noviembre pasado, mediante la
cual plantea una consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el
enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley N° 8422 del 6 de octubre de 2004), referida a si su
eventual participación en la Junta Directiva de la empresa Radio Mensajes S.A., lesiona –o no- algunas
de las disposiciones contenidas en dicha norma legal.
En ese sentido, en el memorial de consulta se indica que “(…) considero que no me asiste
ningún impedimento, incompatibilidad o prohibición en las condiciones señaladas en este oficio (…)”,
sin embargo, se menciona que: “(…) solicito atentamente al órgano contralor corroborar mi posición,
para lo cual fundamento esta petición en el artículo 33 del Reglamento a la Ley N° 8422 (…)”.
I
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Como un aspecto de primer orden, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva
de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de
setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de
junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas.
Lo anterior se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o
respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir
pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se
desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio ...
Fecha publicación: 05/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 10940
7 de noviembre, 2011
DFOE-EC-0515
Señora
María Eugenia Arce Arce
Jefe Secretaría Junta Directiva General
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE
CARTAGO (BANCRÉDITO)
Estimada señora:
Asunto: Aprobación del presupuesto inicial del período 2012 del Banco Crédito Agrícola
de Cartago.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta
Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me permito
remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado por la suma de ¢61.560.000,0 miles.
Sobre el particular, le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1 Origen del estudio y alcance
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la
República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su
Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el
presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron aprobados por la Junta Directiva,
según consta en el acta de la sesión No. 8480-11 celebrada el 21 de setiembre de 2011, y que
fueran remitidos con el oficio No. SFG-185-2011 del 26 de setiembre de 2011.
El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las
circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría General de la
República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad en relación con la etapa
de formulación y aprobación interna es responsabilidad del jerarca y los titulares subordinados, por
lo que este análisis ...
Fecha publicación: 14/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 9787
10 de octubre, 2011
DFOE-SAF-0387
Licenciado
Jorge Sequeira Picado
Gerente General
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Se amplía oficio DFOE-SAF-327-2011 (7629) con relación al pago de
arrendamiento de vehículos para funcionarios de PROCOMER ubicados
en las oficinas de promoción en el extranjero.
En atención a su oficio No. GG-041-11, del 28 de marzo, procedemos a ampliar
nuestro oficio de respuesta DFOE-SAF-0327-7629 del 18 de agosto, en relación con el
tema de arrendamiento de vehículos (kilometraje) ubicados en el exterior del país.
Explica la consultante que Procomer desarrolla actividades que tienden al
fortalecimiento del comercio exterior de nuestro país, razón por la que ha instalado oficinas
de Promoción en diversas zonas del exterior, y para regular el funcionamiento de sus
oficinas emitió el Reglamento de Oficinas de Promoción Comercial, normativa que
establece las pautas mínimas de desempeño y gestión. En cuanto al pago de kilometraje
adjunta criterio legal No. 227-2011 de fecha 15 de marzo del 2011 de esa Institución, en la
que se indica que para los Directores, Subdirectores y personal de apoyo, actualmente
PROCOMER les reconoce el pago de kilometraje con base en la tarifa que establece la
Contraloría General de la República, sin embargo, por la realidad socioeconómica de cada
país, ha detectado que la indicada suma no siempre es suficiente para compensar a los
funcionarios los gastos efectivos de cada país, ya que los mismos suelen ser muy distintos
a los gastos que se generan en Costa Rica.
Por tal razón, se consulta si puede Procomer pagar un mo ...
Fecha publicación: 13/10/2011
Fecha emisión: 10/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09699
06 de octubre, 2011
DCA-2607
Señor
Eddie Villalobos Villalobos
Gerente Administrativo Financiero
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
Fax: 2233-5755
Estimado señor:
Asunto: Se deniega solicitud de autorización para la degradación del procedimiento de
contratación de licitación abreviada para efectos de utilizar la contratación directa, así como una
disminución del 25% del precio final autorizado por esta Contraloría General mediante el oficio
3888 del 3 de mayo del 2011, del inmueble del Partido de Limón matrícula 55254-000.
Nos referimos a sus oficios GG-165-11 y GAF-OFIC-137-11 de fechas 23 y 28 de
setiembre de 2011, mediante los cuales solicita nuestra autorización para llevar a cabo la
contratación indicada en el asunto.
I) Antecedentes.
1) Mediante oficio 3888 del 3 de mayo del 2011, esta Contraloría General otorgó
autorización a PROCOMER para efectuar una degradación del procedimiento de licitación pública
y sacar a la venta del inmueble 055254-000 mediante una licitación privada, así como también
disminuir en un 25% la base del avalúo administrativo SJ-329-2010, tramitado mediante el
expediente 4589, ello con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Contratación Administrativa
y 15 de su Reglamento, así como en el 115 bis del Reglamento de Contratación de PROCOMER.
2) La Administración procedió a tramitar el procedimiento de Licitación Privada Nº 02-
2011 denominado “Venta de propiedad ubicada en Limón”, correspondiente al terreno ubicado en
la provincia de Limón, Cantón Limón, Distrito Liverpool, inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, sección inmueble, Partido de Limón, matrícula No. 055254-000, con un área de
64.033,43 metros cuadrados, plano catastrado L-5977-1991, valorado según avalúo administrativo
SJ-329-2010, expediente 4589, en un preci ...
Fecha publicación: 11/10/2011
Fecha emisión: 06/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 09692
6 de octubre, 2011
DCA-2606
Licenciado
Manuel Solano Méndez
Auditor Interno
Banco Crédito Agrícola de Cartago
Estimado señor:
Asunto: Se da respuesta a consulta relacionada con la inhabilitación de una empresa, el
régimen de prohibición para contratar con la Administración Pública, y un procedimiento
administrativo al funcionario que llevó a cabo el proceso de contratación administrativa para la
reparación de un vehículo institucional.
Nos referimos a sus oficios AUD-163/F-2011 y AUD-176/F-2011, del 10 de agosto y 5 de
setiembre del presente año, mediante los cuales plantea una consulta con el tema relacionado en el
asunto.
Resulta conveniente aclarar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República y en la Circular CO-529 publicada en La Gaceta
107 del 5 de junio de 2000, únicamente se atenderán las consultas que versen sobre materias propias
de las competencias constitucionales y legales otorgadas a este órgano contralor y siempre que no se
trate de situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante.
En este sentido, debe indicarse que no compete a este órgano contralor emitir criterio sobre
la procedencia de efectuar un pago a una determinada empresa que se encontraba aparentemente
inhabilitada de contratar con la Administración Pública por un período de dos años, en virtud de que
el representante de tal empresa fungió como Diputado del período 2006-2010, y sobre la idoneidad
o no del procedimiento administrativo seguido en contra del funcionario que tramitó la referida
contratación.
Por otra parte, es menester señalar que la División Jurídica de esta Contraloría General,
mediante oficio DJ-0907 del 23 de agosto de 2011, le solicitó a su persona fundamentar la presente
consulta, y en su oficio de respuesta AUD-176/F-2011, no s ...
Fecha publicación: 09/10/2011
Fecha emisión: 06/10/2011
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
R-DCA-494-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las nueve horas del tres de octubre de dos mil once. ----------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa Sistems Enterprise Costa Rica S.A. en contra
del acto de adjudicación de las líneas 9 y 10 de la Licitación Abreviada No. 2011LA-000018-01
promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago denominada “Contratación para la
adquisición de equipos de cómputo”, recaído a favor de la empresa Componentes El Orbe S.A. ---
RESULTANDO
I.- Que la empresa Sistems Enterprise Costa Rica S.A. interpuso recurso de apelación en contra del
acto de adjudicación de las líneas 8 y 9 de la Licitación Abreviada No. 2011LA-000018-01
alegando, entre otras cosas, que su oferta fue indebidamente excluida por un aspecto técnico
cuando afirma cumplir a cabalidad los requisitos y especificaciones del cartel, así como que no le
fue otorgada puntuación que le correspondía y por otra parte que el adjudicatario no cumple un
aspecto técnico obligatorio por lo que no podía resultar adjudicatario, razones por las que considera
se posicionaría como ganadora en las líneas 9 y 10 de la citada licitación.--------------------------------
II.-Que mediante auto de las diez horas del once de agosto de dos mil once se requirió la
presentación del expediente administrativo a la Administración licitante, lo cual fue atendido
mediante oficio PROV-667/2011. -------------------------------------------------------------------------------
III.-Que por medio del auto de las once horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil
once, por acuerdo del órgano colegiado se admitió para trámite el recurso y se confirió audiencia
inicial a la administración y adjudicataria, las cuales atendieron la misma mediante escritos
agregados al expediente de apelación.---------------------------------------------------------------------------
IV.-Que me ...
Fecha publicación: 06/10/2011
Fecha emisión: 03/10/2011
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Condiciones invariables, Estudio de admisibilidad de ofertas
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07598
17 de agosto de 2011
DCA-7598
Señor
Jorge Sequeira Picado
Gerente General
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER)
Estimado señor:
Asunto: No se refrenda por no requerirlo el convenio para la sesión de funcionarios suscrito
entre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) y la Promotora del Comercio Exterior
de Costa Rica (PROCOMER).
Nos referimos a su oficio GG-0126-11 del 27 de julio del presente año, mediante el cual solicita
el refrendo de la adenda referida en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, este Despacho ha podido determinar que el convenio
original refrendado por esta Contraloría General mediante el oficio 010562 del 27 de agosto de
1997 fue otorgado al amparo del anterior reglamento de refrendos, el cual dejó regir a partir del 1 de
enero de 2008, fecha en que entró en vigencia en nuevo reglamento de refrendos, publicado en La
Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2007.
En el mismo orden de ideas, el reglamento actualmente vigente en su artículo 3 inciso 6
establece cuales contratos o convenios celebrados entre entes, empresas u órganos públicos están
sujetos al refrendo contralor; estos son aquellos que tengan por objeto el otorgamiento de
concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de
alianza estratégica, en consecuencia, los demás contratos o convenios interadministrativos no
estarán sujetos a refrendo.
Ahora bien, siendo que el objeto de convenio celebrado por PROCOMER y COMEX no
corresponde a ninguno de los anteriormente citados, la Contraloría General se considera
incompetente para refrendarlo, siendo que es exclusiva responsabilidad de los jerarcas de las
Administraciones involucradas adoptar las medidas de control, de conformidad con la normativa de
control interno, para garantizar que las relaciones interadministr ...
Fecha publicación: 22/08/2011
Fecha emisión: 17/08/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06981
29 de julio de 2011
DCA-1948
Señor
Eddie Villalobos
Representante legal
Señora
Marcela Brooks
Directora de Asesoría Legal
Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER)
Estimado (a) señor (a):
Asunto: No se refrenda por no requerirlo el borrador de escritura pública producto de la
contratación directa concursada promovida por la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica
(PROCOMER) para la venta de una finca de su propiedad ubicada en la provincia de Puntarenas.
Nos referimos a su oficio GG-108-2011 del 13 de julio del presente año, mediante el cual
solicita el refrendo referido en el asunto.
Sobre el asunto en conocimiento, cabe recordar que el Reglamento sobre el refrendo de las
contrataciones de la Administración Pública, en su artículo 3, luego de los diferentes supuestos en
lo que un contrato amerita el refrendo contralor, en el último párrafo se menciona lo siguiente:
“(…) No estarán sujetos al refrendo los demás contratos o convenios no referidos en este artículo o
en las demás disposiciones de este Reglamento, sin perjuicio de las exclusiones concretas que se
estipulen en los artículos siguientes, en virtud del régimen especial de esas exclusiones (…)”.
Una de esas exclusiones a que hace referencia el último párrafo anterior se encuentra
establecida en el inciso 2) del artículo 12 de la misma normativa. En dicho numeral, se dispone que
cuando la escritura pública de un contrato requiera formalizarse ante la Notaría del Estado
1
, no
resulta necesario cumplir con el trámite del refrendo ante la Contraloría General.
Consecuentemente, el borrador de la escritura no debe remitirse a este órgano contralor.
Por consiguiente, todos aquellos contratos cuya escritura deba formalizarse, por imperativo
legal, ante la Notaría del Estado, se encuentran exentos del trámite de ...
Fecha publicación: 04/08/2011
Fecha emisión: 29/07/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
R-DCA-334-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las nueve horas del ocho de julio de dos mil once. ------------------
Recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Euromobilia – Rosenstock-
Interconecte en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No.2011-LA-
000011-01, promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la “Contratación
para la adquisición e instalación de papelería, estaciones de trabajo, mobiliario, redes,
equipos y otros trabajos menores para la remodelación del Punto Comercial de Puntarenas”,
recaído a favor de Tecnología e Ingeniería Verde S. A.-----------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que mediante escrito presentado ante este Despacho, el Consorcio Euromobilia–
Rosenstock-Interconecte, interpuso recurso de apelación contra el acto de adjudicación de la
licitación abreviada No. 2011LA-000011-01, promovida por el Banco Crédito Agrícola de
Cartago, alegando, entre otras cosas, que la empresa que resultó adjudicataria del ítem 4, no
cumple con los requisitos técnicos solicitados en el cartel de la licitación.-------------------------
II. Que mediante auto de las ocho horas del veintinueve de junio de dos mil once se solicitó
el expediente de la contratación al Banco Crédito Agrícola de Cartago.---------------------------
III. Que mediante oficio No. PROV-543/2011 de fecha 29 de junio del 2011, el Banco
Crédito Agrícola, remitió el expediente de la licitación y entre otras cosas indica: “En fecha
del 24 de Junio pasado, la empresa Interconexiones Estructuradas A&M, S. A remitió
mediante fax a esta oficina, recurso de revocatoria contra la declaratoria de adjudicación a
favor de la empresa supra indicada, ante lo cual y a fin de que sea considerado por el
Órgano Contralor, nos permitimos señalar […] según consta en folio 413, quien posee la
representación legal de dicho consorcio es el señor Uri Ro ...
Fecha publicación: 13/07/2011
Fecha emisión: 08/07/2011
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05829
30 de junio del 2011
DCA-1673
Licenciada
Ericka Granados S.
Jefe, Proveeduría y Licitaciones
Banco Crédito Agrícola de Cartago
Estimada señora:
Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato No. 2011-000013 y adenda No.
2011-000013-1 del 1° de junio del 2011 suscritos entre el Banco Crédito Agrícola de
Cartago y la empresa Asesoría Integral de Cobros AIC, S. A., para la contratación
del servicio de cobro de cuentas declaradas por el Banco como “incobrables”,
producto de la licitación pública No. 2010LN-000004-01.
Nos referimos a su oficio PROV-366/2011 mediante el cual solicita el refrendo al
contrato No. 2011-000013 suscrito entre el Banco Crédito Agrícola de Cartago y la firma
Asesoría Integral de Cobros AIC, S. A., que se deriva de la licitación pública nacional No.
2010LN-000004-01.
Junto con oficio PROV-453/2011 se remitió una adenda al contrato la cual fue
suscrita el 1° de junio del 2011.
Una vez efectuado el estudio de rigor, y conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del
Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, este
Despacho otorga el refrendo a los documentos antes citados, condicionado a lo siguiente:
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Contratación
Administrativa es responsabilidad de esa Administración ejercer la debida fiscalización a
efectos de verificar el adecuado cumplimiento del objeto contractual. En razón del objeto de
la contratación deberán establecerse los mecanismos de control interno que permitan
establecer una adecuada supervisión del contrato. Se advierte que no deberá realizarse ningún
pago hasta no se hayan recibido los servicios a entera satisfacción. Este Despacho asume que
los servicios a realizar no ...
Fecha publicación: 05/07/2011
Fecha emisión: 30/06/2011
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM